Texto oficial
Artículo 21.- Agrégase, en el inciso cuarto del
artículo 80 de la ley N° 19.069, después del punto aparte
(.), que pasa a ser coma (,), la siguiente oración: "ni a
los establecimientos educacionales técnico-profesional
administrados por Corporaciones Privadas conforme al decreto
ley N° 3.166, de 1980.".