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Artículo 21 de la Ley 19.269

Modifica plantas de personal de servicios que indica y dicta normas en materia de personal de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30636 · idParte: 8510209

Texto oficial

Artículo 21.- Agrégase, en el inciso cuarto del artículo 80 de la ley N° 19.069, después del punto aparte (.), que pasa a ser coma (,), la siguiente oración: "ni a los establecimientos educacionales técnico-profesional administrados por Corporaciones Privadas conforme al decreto ley N° 3.166, de 1980.".