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Artículo 23 de la Ley 19.269

Modifica plantas de personal de servicios que indica y dicta normas en materia de personal de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30636 / 8510211.

Texto oficial

Artículo 23.- Los profesionales de la educación particular subvencionada que, durante el año 1992, no hayan hecho uso del bono anual correspondiente a los años 1991 o 1992 a que se refiere el artículo 11 transitorio de la ley N° 19.070, podrán impetrar el reconocimiento de dicho bono durante el año 1993, para el pago de cursos y actividades de perfecconamiento, conforme con el procedimiento que se establece en dicha norma.