Texto oficial
Artículo 50.- Lo dispuesto en el inciso primero del
artículo 10 se aplicará también a los fondos
correspondientes al subsidio otorgado, destinados a ser
aplicados al pago del precio de compraventa de la vivienda.
Establece normas sobre arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30648 / 7190450.