Texto oficial
Artículo 50.- Sin perjuicio de las finalidades que el
artículo 7° reconoce a las asociaciones, las federaciones
o confederaciones podrán prestar asistencia y asesoría a
las asociaciones de inferior grado que agrupen.
Establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la administración del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30663 / 8640040.