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Artículo 2 de la Ley 19.326

Autoriza ereccion de monumento en homenaje a santa teresa de los andes, en santuario de auco

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30693 · idParte: 8287945

Texto oficial

Artículo 2°.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea por el artículo 4°.