Texto oficial
Artículo 16.- El mayor gasto fiscal que represente en 1994 la aplicación de esta ley, se financiará con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104, de la partida presupuestaria Tesoro Público.
Establece y modifica diversas normas en materia de seguridad social
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30717 / 8592471.