Texto oficial
Artículo 4°.- Deróganse las siguientes disposiciones:
a) en el antepenúltimo inciso del artículo 7° del decreto ley N° 249, de 1974, la frase: "y la respectiva asignación de antigüedad";
b) el inciso final de la letra e) del artículo 7° del decreto ley N° 3.551, de 1980, y
c) el inciso final de la letra g) del artículo 97 de la ley N° 18.883.