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Artículo 7 de la Ley 19.355

Otorga reajuste de remuneraciones a funcionarios del sector publico, concede aguinaldo de navidad y otros beneficios de caracter pecuniario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30722 / 7191235.

Texto oficial

Artículo 7°.- Sustitúyense, a contar del 1° de enero de 1995, en los artículos 46 y 64 del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social, las cantidades de $13.922.-, $9.282.- y $6.961.- por $15.620.-, $10.414.- y $7.810.-, respectivamente.