Texto oficial
Artículo 2°.- El gasto que demandará la aplicación de esta ley en el año 1995, se efectuará con cargo al Presupuesto del Ministerio de Educación de dicho año.".
Otorga subvencion extraordinaria a establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley n° 5, de 1993, del ministerio de educacion
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