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Artículo UNICO de la Ley 19.362

Modifica articulo 2° transitorio de la ley n° 18.893, sobre organizaciones comunitarias territoriales y funcionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30729 · idParte: 8287986

Texto oficial

"Artículo único.- Sustitúyese en el artículo 2° transitorio de la ley N° 18.893, la expresión "cinco años", introducida por el artículo único de la ley N° 19.192, por la de "seis años".".