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Artículo 1 transitorio de la Ley 19.373 · Transfiere a comuna de santiago, territorio que señala

Transfiere a comuna de santiago, territorio que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30740 · idParte: 8287993

Texto oficial

Artículo transitorio.- Esta ley regirá desde el 1° de enero de 1995.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.