Texto oficial
Artículo 3°.- Los recursos de queja interpuestos antes de la entrada en vigencia de esta ley, se continuar n rigiendo por las normas existentes a la fecha de su interposición.
Modifica códigos orgánico de tribunales, de procedimiento civil y de procedimiento penal, en lo relativo a organizacion y funcionamiento de la corte suprema, recurso de queja y recurso de casacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30741 / 7191367.