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Artículo 5 de la Ley 19.378 · Establece estatuto de atencion primaria de salud municipal

Establece estatuto de atencion primaria de salud municipal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30745 · idParte: 8640302

Texto oficial

Artículo 5°.- El personal regido por este Estatuto se clasificará en las siguientes categorías funcionarias: a) Médicos Cirujanos, Farmacéuticos, Químico-Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujano-Dentistas. b) Otros profesionales. c) Técnicos de nivel superior. d) Técnicos de Salud. e) Administrativos de Salud. f) Auxiliares de servicios de Salud.