Saltar al contenido

Artículo 1 transitorio de la Ley 19.391 · Crea comuna de padre las casas

Crea comuna de padre las casas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30758 · idParte: 8668658

Texto oficial

Artículo 1°.- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley N° 18.695, y las disposiciones pertinentes del decreto ley N° 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, entiéndase incluida en los coeficientes de distribución la comuna de Padre Las Casas, a contar del 1 de julio de 1995.