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Artículo 2 de la Ley 19.393

Introduce modificaciones a la ley n° 19.366, que sanciona el trafico ilicito de estupefacientes y sustancias sicotropicas, y al articulo 83 del código de procedimiento penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30760 / 7191530.

Texto oficial

Artículo 2°.- Sustitúyese la frase inicial del inciso cuarto del artículo 83 del Código de Procedimiento Penal, hasta la palabra "personas", inclusive, por la siguiente: "Tratándose de delitos contra las personas, aborto, robo, hurto y de los contemplados en la ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas".