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Artículo UNICO de la Ley 19.408 · Modifica articulo 203 del código del trabajo

Modifica articulo 203 del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30775 / 7191602.

Texto oficial

"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 203 del Código del Trabajo: 1.- En el inciso primero agregar las siguientes oraciones finales: "Igual obligación corresponderá a los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, cuyos establecimientos ocupen entre todos, veinte o más trabajadoras. El mayor gasto que signifique la sala cuna se entenderá común y deberán concurrir a él todos los establecimientos en la misma proporción de los demás gastos de ese carácter.". 2.- En el inciso tercero intercalar entre la palabra "construir" y la expresión "y mantener" los términos "o habilitar".".