Modifica la ley n° 19.070, sobre estatuto de profesionales de la educacion, el decreto con fuerza de ley n° 5, de 1993, del ministerio de educacion, sobre subvenciones a establecimientos educacionales, y otorga beneficios que señala
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30777 / 9047352.
Texto oficial
Artículo 14.- Los profesionales de la educación que
se desempeñan en establecimientos administrados conforme al
decreto ley No. 3.166, de 1980, tendrán derecho a lo
establecido en los artículos 7° y 9° de esta ley.
Incisos Derogados.