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Artículo 19 TRANSITORIO de la Ley 19.410

Modifica la ley n° 19.070, sobre estatuto de profesionales de la educacion, el decreto con fuerza de ley n° 5, de 1993, del ministerio de educacion, sobre subvenciones a establecimientos educacionales, y otorga beneficios que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30777 / 9047384.

Texto oficial

Artículo 19.- Facúltase al Presidente de la República para que en el plazo de noventa días, contado desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de esta ley, fije los textos refundidos, coordinados y sistematizados de la ley No. 19.070 y del decreto con fuerza de ley No. 5, del Ministerio de Educación, de 1993, y de las normas que los hayan modificado y complementado.".