Texto oficial
Artículo 12.- Se prohíbe arrojar los filtros o las
colillas de cigarrillos en la vía pública y en los patios
o espacios al aire libre de los lugares señalados en el
artículo anterior.
Regula actividades que indica relacionadas con el tabaco
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30786 / 10483969.