Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 19.422 · Modifica articulo 132 del código civil

Modifica articulo 132 del código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30789 / 7191774.

Texto oficial

"Artículo único.- Modifícase el inciso segundo del artículo 132 del Código Civil, introduciendo la palabra "casado" inmediatamente a continuación de la expresión "y el varón".".