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Artículo UNICO de la Ley 19.444 · Deroga ley n° 17.454

Deroga ley n° 17.454

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30811 / 8890590.

Texto oficial

"Artículo único.- Derógase la Ley N° 17.454, publicada en el Diario Oficial de 28 de julio de 1971.".