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Artículo UNICO de la Ley 19.446

Dispone plazo para aplicacion de sistema de fijacion de derechos y rebajas para harina de trigo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30813 · idParte: 8249262

Texto oficial

Artículo único.- Aplícase, a contar del 16 de enero de 1996, el sistema de fijación de los derechos y rebajas para la harina de trigo, dispuesto en el artículo 12 de la ley N° 18.525, estableciéndose para estos efectos en 1,56 el factor de multiplicación dispuesto en la parte final del inciso tercero del referido artículo.