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Artículo UNICO de la Ley 19.453 · Modifica articulo 3° de la ley n° 18.696, sobre transporte de pasajeros

Modifica articulo 3° de la ley n° 18.696, sobre transporte de pasajeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30820 / 5997971.

Texto oficial

"Artículo único.- Introdúcense en el artículo 3° de la ley N° 18.696, las siguientes modificaciones: 1. Agrégase el siguiente inciso tercero: "Las bases de estas licitaciones deberán contemplar, entre los factores que serán evaluados, criterios económicos y ambientales previamente determinados, según las diversas alternativas y modalidades de transporte. Entre dichos criterios se considerarán especialmente, debidamente ponderados para la resolución de las mencionadas licitaciones, los factores ambientales relativos a ruido, gases contaminantes, orden en la circulación de vehículos y valoración urbana.". 2. Sustitúyese, en el inciso tercero, que pasa a ser cuarto, las palabras "el inciso anterior" por "los incisos anteriores". 3. Reemplázase en el inciso octavo, que pasa a ser noveno la palabra "sexto" por "séptimo".".