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Artículo 2 de la Ley 19.463 · Autoriza ereccion de monumento en memoria de la folclorista y artista violeta parra

Autoriza ereccion de monumento en memoria de la folclorista y artista violeta parra

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30830 / 8288316.

Texto oficial

Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.