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Artículo 3 de la Ley 19.483 · Modifica ley n° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias

Modifica ley n° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30850 · idParte: 8288335

Texto oficial

Artículo 3°.- Facúltase al Presidente de la República para fijar el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.418, que establece normas sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.