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Artículo 27 de la Ley 19.486 · Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1997

Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1997

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30853 / 8232683.

Texto oficial

Artículo 27.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1° de enero de 1997, sin perjuicio de que puedan dictarse a contar de la fecha de su publicación los decretos a que se refieren los artículos 3° y 5° y las resoluciones indicadas en dicho artículo 5°.".