Texto oficial
Artículo 12º.- Los Oficiales del Escalafón de Ingenieros (en extinción), y del Escalafón de Farmacia (en extinción) de la Armada, establecidos en el D.F.L. Nº 148º de 1953, continuarán su carrera de acuerdo al citado cuerpo legal.
Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas
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