Texto oficial
Artículo 9.o- Las remuneraciones que se establecen en este decreto con fuerza de ley, absorben los actuales sueldos bases y la asignación de 8,33%, que está percibiendo el personal de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52.o, de la ley N.o 17,073, con excepción del personal a jornal que mantiene ambos beneficios.