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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3393 · idParte: 8980407

Texto oficial

Artículo 9°.- La Ley de Presupuestos determinará anualmente el número de plazas que corresponda a cada uno de los grados de Inspector, de Subinspector y de Detective de la Planta de Oficiales Policiales, las que no podrán exceder en su conjunto del número total de las plazas que corresponda en la planta a dichos grados o de las que se determinen en el futuro sin que ello pueda significar mayor gasto. Si la Ley de Presupuesto nada dijere, se entiende que continuará rigiendo la distribución de plazas vigentes al año anterior.