Texto oficial
Artículo noveno: La Provincia de Melipilla estará
integrada por las siguientes comunas:
1) COMUNA DE MELIPILLA. Comprende la actual comuna de
Melipilla, con las siguientes inclusiones:
a) El área de la actual Provincia de Melipilla,
correspondiente a la parte del distrito 2 Leyda y 3
Cuncumén, incorporada a ésta mediante el Decreto Ley
3.260.
b) El área de la actual comuna de El Monte ubicada al
sur del río Maipo y al poniente del lindero oriente del
predio fundo Junco (rol 270-5).
c) El área de la actual comuna de María Pinto ubicada
al sur de la línea de cumbres que limita por el sur la hoya
del estero de Los Mayos y del lindero norte del predio El
Certero (rol 16-7), entre el cerro Minillas y el estero
Puangue.
2) COMUNA DE MARIA PINTO. Comprende la actual comuna de
María Pinto, con las siguientes exclusiones:
a) El área ubicada al sur de la línea de cumbres que
limita por el sur la hoya del estero Los Mayos y del lindero
norte del predio El Certero (rol 16-7), entre el cerro
Minillas y el estero Puangue.
b) El área ubicada al norte del lindero sur de los
predios Reserva 1 Miraflor (rol 12-3) y (rol 12-4).
3) COMUNA DE CURACAVI. Comprende la actual comuna de
Curacaví, con la inclusión del área de la comuna de
María Pinto ubicada al norte del lindero sur de los predios
Reserva 1 Miraflor (rol 12-3) y (rol 12-4).
4) COMUNA DE ALHUE. Comprende la actual comuna de
Alhué.
5) COMUNA DE SAN PEDRO. Comprende la actual comuna de
San Pedro.