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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Reorganiza la direccion de industria y comercio, traspasa departamentos de cooperativas y de propiedad industrial y fija planta de personal que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3401 / 8252646.

Texto oficial

Artículo 3°- Las referencias que la legislación vigente hace a los "Departamentos de Cooperativas" y "Departamento de Propiedad Industrial", de la Dirección de Industria y Comercio, deberán entenderse hechas a los "Departamentos de Cooperativas" y "Departamento de Propiedad Industrial" de la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción. Asimismo, las referencias que la legislación vigente hace a la Dirección de Industria y Comercio en materia de cooperativas y propiedad industrial deberán entenderse hechas a la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción.