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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica decretos con fuerza de ley que aprobaron las plantas de personal del ministerio de salud y servicios de salud que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3409 / 7112411.

Texto oficial

Artículo 16°.- El mayor gasto que demande las modificaciones de Planta a que se refieren los artículos 5° al 15° precedentes, se imputará al Subtítulo 21 "gastos en personal", del Presupuesto aprobado para cada uno de los Servicios de Salud a que dichos artículos se refieren.