Texto oficial
Artículo 14°.- Las concesiones otorgan el derecho a
imponer las servidumbres a que se refiere el Capítulo V de
este Título.
Aprueba modificaciones al d.f.l. n° 4, de 1959, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3410 / 8477892.