Texto oficial
Artículo 2°.- El mayor gasto que demanden las modificaciones precedentes se imputará al subtítulo 21 "gastos en personal" del presupuesto aprobado para la Subsecretaría de Salud.
Modifica decreto con fuerza de ley n° 2 de 1979, que aprobo planta de personal del ministerio de salud publica
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