Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Traspasa y asigna funciones a la subsecretaria de desarrollo regional y administrativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3419 / 8521422.

Texto oficial

Artículo 4°: Además de las atribuciones y deberes que establece el decreto ley N° 1.028, de 1975, corresponderá al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo: a) Disponer los cometidos y comisiones del personal de su dependencia y ejercer a su respecto las demás funciones que las normas estatutarias atribuyen al Jefe Superior del Servicio; b) Adquirir los bienes que requiera el funcionamiento de la institución de acuerdo al presupuesto aprobado; c) Administrar los fondos que el Presupuesto de la Nación asigne a la Subsecretaría y los recursos nacionales o internacionales que se le encomienden; d) Realizar todos los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de los fines de la entidad; e) Delegar funciones y atribuciones en funcionarios de su dependencia; f) Dar curso a los decretos, reglamentos e instrucciones que se emitan por intermedio del Ministerio del Interior, que digan relación con las funciones de las áreas de su competencia, y g) Ejecutar las demás funciones que las leyes, al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior le encomienden o deleguen.