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Artículo 22 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3421 · idParte: 9113168

Texto oficial

Artículo 22°.- La Junta Directiva designará cada año un Presidente titular y uno suplente de entre los integrantes que se indican en el artículo 15°, letras a) y b). Son facultades del Presidente de la Junta Directiva: a) Representar a la Junta Directiva en la relación de ésta con el Rector; b) Proponer a la Junta Directiva la forma de integrar los distintos Comités; c) Presidir las sesiones de la Junta Directiva; d) Fijar las fechas y lugar de las sesiones de la Junta Directiva, y e) Cumplir con las demás funciones que la Junta Directiva le encomiende.