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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3421 · idParte: 9113175

Texto oficial

Artículo 29°.- Los integrantes señalados en la letra e) del artículo 27° no pueden integrar simultáneamente el Consejo de la Facultad, permanecen tres años calendario en sus cargos y pueden ser designados por otro período.