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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3421 · idParte: 9113181

Texto oficial

TITULO VII (Arts. 35-65) De los Funcionarios Superiores de la Universidad (Art. 35) Artículo 35°.- Son Funcionarios Superiores de la Universidad: El Rector, el Prorrector, el Vicerrector Académico, los Decanos, el Secretario General, el Contralor Interno, el Director de Planificación y Presupuesto, el Director de Administración y el Director de Asuntos Estudiantiles.