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Artículo 51 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3421 · idParte: 9113197

Texto oficial

Artículo 51°.- Cuando proceda el nombramiento de un Decano, el Vicerrector Académico constituirá un comité de búsqueda con el propósito de que éste, oídas las opiniones de los Académicos de las dos más altas categorías de la Facultad, elabore una nómina de los candidatos idóneos de acuerdo a la normativa que apruebe el Consejo Académico. Esta nómina es presentada al Rector quien designa en el cargo a un integrante de ella, previa aprobación de la Junta Directiva.