Texto oficial
Art. 27°: Los profesores, para efectos de su jerarquía
académica regular, serán titulares, asociados y
asistentes. Habrá también, fuera de las jerarquías
académicas regulares, las categorías especiales de
profesor Emérito, profesor Honoris Causa, profesor
Extraordinario, profesor Contratado, profesor Adjunto,
profesor Visitante, Investigador y Monitor.
Los instructores y ayudantes, cuya actividad se
considera como una etapa de preparación y mérito, son
colaboradores en la función docente sin formar parte de las
jerarquías académicas.
Una ordenanza determinará las categorías y calidad de
las jerarquías académicas regulares y especiales, fijará
los derechos y obligaciones de los académicos y la forma de
acceder a las distintas jerarquías académicas.