Texto oficial
Artículo 8°: La delimitación específica de la VIII Región del Biobío es la siguiente:
Al Norte: el estero Tregualemu, desde su desembocadura en el Mar Chileno hasta el camino de Buchupureo al Crucero Copiulemu, por Miramar; el camino de Buchupureo al Crucero Copiulemu, por Miramar, desde el estero Tregualemu hasta el camino de Tregualemu al Crucero Copiulemu, por Pinares; el camino de Tregualemu al Crucero Copiulemu, por Pinares, desde el camino de Buchupureo al Crucero Copiulemu , por Miramar hasta el Crucero Copiulemu; el camino del Crucero Copiulemu a Cauquenes, desde el citado Crucero Copiulemu hasta el lindero poniente del predio Huedque (rol 190-109); el lindero poniente del predio Huedque, desde el camino del Crucero Copiulemu a Cauquenes hasta la quebrada La Zanja; la quebrada La Zanja, desde el lindero poniente del predio Huedque hasta su origen; la línea recta, desde el origen de la quebrada La Zanja hasta el origen de la quebrada Pichihuedque; la quebrada Pichihuedque, desde su origen hasta su desembocadura en el estero Huedque; el estero Huedque, desde la desembocadura de la quebrada Pichihuedque hasta la desembocadura del estero La Raya; el estero La Raya, desde su desembocadura en el estero Huedque hasta la confluencia de los esteros La Raya Norte y La Raya Sur, que lo forman; el estero La Raya Norte, desde su confluencia con el estero La Raya Sur hasta el lindero norte del predio Curamaqui (rol 315-47); el lindero norte, oriente y sur del predio Curamaqui, desde el estero La Raya Norte hasta el lindero oriente del predio Santa Luisa; el lindero oriente de los predios Santa Luisa (rol 315-50) y Guairabos (rol 143-161), desde el lindero sur del predio Curamaqui hasta el estero Michai o Pichimávida; el estero Michai o Pichimávida, desde el lindero oriente del predio Guairabos hasta su confluencia con el estero Colomávida; el estero Colomávida, desde su confluencia con el estero Michai o Pichimávida hasta la desembocadura del estero Virquinco; el estero Virquinco, desde su desembocadura en estero Colomávida hasta el camino de San Carlos a Pocillas, por Culenco; el camino de San Carlos a Pocillas, por Culenco, desde el estero Virquinco hasta el lindero norte del predio Colomávida (rol 1345-1); el lindero norte de los predios Colomávida (rol 1345-1) y Colomávida (rol 1345-2), desde el camino de San Carlos a Pocillas, por Culenco, hasta el lindero oriente del predio Colomávida (rol 1345-2); el lindero oriente del predio Colomávida (rol 1345-2), desde su lindero norte hasta el lindero norte del predio Colomávida (rol 1345-13); el lindero norte del predio Colomávida (rol 1345-13), desde el lindero oriente del predio Colomávida (rol 1345-2) hasta el lindero poniente del predio Colomávida (rol 1346-1); el lindero poniente y norte del predio Colomávida (rol 1346-1), desde el lindero norte del predio Colomávida (rol 1345-13) hasta el camino de Pocillas a San Carlos, por Colomávida y Mirador; el camino de Pocillas a San Carlos, por Colomávida y Mirador, desde el lindero norte del predio Colomávida (rol 1346-1) hasta el lindero entre los predios El Mirador (rol 1352-2) y San José (rol 524-39); el lindero entre los predios mencionados desde el camino de Pocillas a San Carlos, por Colomávida y Mirador hasta el río Ñiquén; el río Ñiquén desde el lindero entre los predios El Mirador y San José hasta su desembocadura en el río Perquilauquén; el río Perquilauquén, desde la desembocadura del río Ñiquén hasta la desembocadura del río Viejo de Perquilauquén; el río Viejo de Perquilauquén, desde su desembocadura en el río Perquilauquén hasta su confluencia con el río Perquilauquén; el río Perquilauquén, desde su confluencia con el río Viejo de Perquilauquén hasta su origen en la laguna El Burro; y la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Ñuble, desde el origen del río Perquilauquén, en la laguna El Burro, hasta el límite con Argentina.
Al Este: el límite con Argentina, desde la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Ñuble hasta la línea de cumbres que limita poir el sur la hoya de los ríos Chaquilvín y Lomín,
Al Sur: La línea de cumbres que limita por el sur la hoya de los ríos Chiquilvín y Lomín, desde el límite con Argentina hasta la desembocadura del río Lomín en el Biobío, pasando por el cordón El Descanso; el río Biobío, desde la desembocadura del río Lomín hasta la desembocadura del río Lolco; el río Lolco desde su desembocadura en el río Biobío hasta el puente Lolco; la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Lolco, desde el puente Lolco hasta el volcán Tolguaca, pasando por los cordones La Bandera y Cuchillahue; la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del alto río Biobío, desde el vocán Tolguaca hasta el origen del río Renaico; el río Renaico, desde su origen hasta su desembocadura en el río Vergara; el río Vergara, desde la desembocadura del río Renaico hasta la desembocadura del estero Liñeco; el estero Liñeco, desde su desembocadura en el río Vergara hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero Liñeco, hasta la cota 589 de la carta 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar, la línea de cumbres, desde la cota 589 hasta la cota 637; la línea recta, desde la cota 637 hasta el origen del estero Las Ratoneras o Meñir; el estero Las Ratoneras o Meñir, desde su origen hasta su desembocadura en el río Maitenrehue; el río Maitenrehue, desde la desembocadura del estero Las Ratoneras o Meñir hasta la desembocadura del río Esperanza; el río Esperanza, desde su desembocadura en el río Maitenrehue hasta la desembocadura del estero Los Barros; el estero Los Barros, desde su desembocadura en el río Esperanza hasta el lindero sur del predio Los Barros (rol 310-33); el lindero sur del predio Los Barros, desde el estero Los Barros hasta el estero San Miguel; el estero San Miguel, desde el lindero sur del predio Los Barros hasta su origen en la cordillera de Nahuelbuta; la línea de cumbres, divisoria de aguas de la cordillera de Nahuelbuta, desde el origen del estero San Miguel hasta el origen del estero Palo Santo, pasando por el lindero poniente de los predios fundo Relún parcela 99 (rol 265-2), fundo Relún parcela 100 (rol 265-1), Santo Domingo (rol 265-21), y El Desierto (rol 258-7); el estero Palo Santo, desde su origen hasta su desembocadura en el río Tirúa; el río Tirúa, desde la desembocadura del estero Palo Santo hasta la desembocadura del río Loncotripai; el río Loncotripai, desde su desembocadura en río Tirúa hasta el lindero oriente del predio El Mirador (rol 521-48); el lindero oriente y sur del predio El Mirador, desde el río Loncotripai hasta el lindero Oriente del predio Picaflores (rol 521-47); el lindero oriente y sur del predio Picaflores, desde el lindero sur del predio El Mirador hasta el estero Puente Alto o Casa de Piedra; y el estero Puente Alto o Casa de Piedra, desde el lindero sur del predio Picaflores hasta su desembocadura en el Mar Chileno.
Al Oeste: el Mar Chileno, desde la desembocadura del estero Puente Alto o Casa de Piedra hasta la desembocadura del estero Tregualemu.