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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Determina los limites especificos de las regiones del pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3438 · idParte: 8252714

Texto oficial

Artículo 12: La delimitación específica de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena es la siguiente: Al Norte: los canales del Castillo, Fallos, Adalberto y Messier, desde la desembocadura del canal del Castillo en el Mar Chileno hasta el seno Iceberg o Témpano; el seno Iceberg o Témpano, desde el Canal Messier hasta su extremo oriental; y una línea recta, desde el extremo oriental del seno Iceberg o Témpano hasta la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, sobre el límite con Argentina. Al Este: el límite con Argentina, el Océano Pacífico Sur, el Mar de Weddell y el meridiano 53° Oeste de Greenwich del Territorio Chileno Antártico, desde la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, sobre el límite con Argentina, hasta el Polo Sur. Al Sur: el Polo Sur. Al Oeste: el meridiano 90° Oeste de Greenwich del Territorio Chileno Antártico, el Mar de Bellingshausen, el Océano Pacífico y el Mar Chileno, desde el Polo Sur hasta la desembocadura del canal del Castillo.