Saltar al contenido

Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Dicta normas sobre responsabilidad administrativa funcionaria en relacion con inversion de fondos que establece la ley n° 18.785

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3447 / 7112946.

Texto oficial

Artículo 8°.- Serán aplicables al Fiscal y al Secretario las causales de implicancia o de recusación contempladas en los artículos 195° y 196°, del Código Orgánico de Tribunales.