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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Dicta normas sobre responsabilidad administrativa funcionaria en relacion con inversion de fondos que establece la ley n° 18.785

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3447 / 7112965.

Texto oficial

Artículo 27°.- En contra de las sanciones impuestas procederán los siguientes recursos: a) Reconsideración: Se presentará ante el mismo funcionario que, con arreglo al artículo 6°, dispuso la instrucción del sumario, y b) Apelación: De no acogerse la solicitud de reconsideración, el afectado podrá apelar ante el General Director o ante el General Subdirector, en su caso, por el conducto regular del jefe que resolvió en primera instancia.