Texto oficial
Artículo 7°: La función de Director no es delegable y
se ejerce colectivamente, en sala legalmente constituida.
Cada Director tiene derecho a ser informado plena y
documentadamente y en cualquier tiempo, por el Gerente
General o quien haga sus veces, de todo lo relacionado con
la marcha de la Empresa. Este derecho deber ser ejercido de
manera de no entorpecer la gestión social.