Texto oficial
Artículo 57.- Créanse en las plantas de personal del
Consejo de Defensa del Estado contenidas en el artículo 37
del decreto con fuerza de ley N° 1, de Hacienda, de 1993,
los siguientes cargos:
a) En la planta de Directivos, un cargo de Jefe del
Departamento de Control de Tráfico Ilícito de
Estupefacientes, grado 3;
b) En la planta de Profesionales, un cargo de
profesional, grado 5; tres, de grado 6; uno, de grado 7 y
uno, de grado 8;
c) En la planta de Técnicos, un cargo de técnico,
grado 9; uno, de grado 15 y uno, de grado 16;
d) En la planta de Administrativos, un cargo de
administrativo, grado 12 y uno, de grado 14, y
e) En la planta de Auxiliares, un cargo de auxiliar,
grado 20.
Para el ingreso y promoción al cargo de la planta de
Directivos, Jefe de Departamento de Control del Tráfico
Ilícito de Estupefacientes, grado 3, será exigible el
requisito de experiencia mínima de cuatro años en el
Servicio. Para el ingreso y promoción a los cargos de la
planta de Profesionales, grados 7 y 8, a que se refiere la
letra b) precedente, se requerirá título profesional de
contador auditor y dos años de experiencia en el sector
público o privado.