Saltar al contenido

Artículo 46 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto definitivo del DFL 2, de 1959, sobre plan habitacional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3483 · idParte: 8726667

Texto oficial

Artículo 46. Suprímese la Corporación Nacional de Inversiones de Previsión, creada por el decreto con fuerza de ley N.o 200, de 21 de Julio de 1953, modificado por las leyes 11,594 y 12,462. Derógase el referido decreto con fuerza de ley N.o 200, de 1953, sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 5.o transitorio de este decreto con fuerza de ley. La Corporación de la Vivienda será la sucesora legal de la Corporación Nacional de Inverciones de Previsión en todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones que esta última tenga a la fecha de vigencia de este decreto con fuerza de ley. Corresponderá a la Corporación de la Vivienda ejercer la función que el artículo 36 de la ley N.o 12,462 confiere a la Corporación Nacional de Inversiones de Previsión.