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Artículo 85 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto definitivo del DFL 2, de 1959, sobre plan habitacional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3483 / 8726709.

Texto oficial

Artículo 85. La Corporación de la Vivienda, en el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior, se ceñirá a las normas que para estos efectos determine el Departamento de Planeamiento y Estudios Económicos, tanto en lo referente al tipo de construcción, como a los planos, especificaciones, y demás requisitos y condiciones inherentes a dichas obras, atendidas las necesidades de las instituciones que proporcionan los recursos.