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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Establece estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3488 · idParte: 8737669

Texto oficial

Artículo 4º.- El Escalafón Femenino de Orden y Seguridad de nombramiento supremo, estará formado por una plaza de Capitán, 2 de Teniente y 12 de Subteniente, las que se segregarán del actual Escalafón de Oficiales de Orden y Seguridad en los grados respectivos y, el de personal a contrata, por las plazas de esta categoría que la Dirección General destine para tales fines.