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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba estatuto orgánico universidad tecnica del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3493 / 9083301.

Texto oficial

Artículo 25.o- El Claustro Nacional está constituido por todos los miembros de la comunidad universitaria y en él reside la máxima autoridad de la Universidad Técnica del Estado. Los Claustros de las diferentes estructuras universitarias están constituidos por todos los miembros de la respectiva comunidad y son las autoridades máximas en sus comunidades, dentro del marco de las normas generales y disposiciones dictadas por los organismos colegiados superiores. La participación de los distintos estamentos en los Claustros se ponderará en un 65% para los académicos, un 25% para los estudiantes y un 10% para los funcionarios no-académicos.